TUTORIAL
BENEFICIOS SOCIALES
CONTEXTO CONTINGENCIA SANITARIA
COVID-19
FUNDACIÓN ConTRABAJO
A raíz de la crisis económica producida por la pandemia COVID-19, se han implementado diversos beneficios y subsidios.
El siguiente documento detalla cómo postular a cada uno de ellos.
Contenido
HACIENDO CLIC EN CADA ÍTEM DE ESTE MENÚ ACCEDES A CADA CONTENIDO
1. QUÉ ES EL REGISTRO SOCIAL DE HOGARES (RSH)
Sistema de información estatal para la selección de beneficiarios de subsidios y programas sociales.
2. SOLICITUD DE INGRESO AL REGISTRO SOCIAL DE HOGARES (RSH)
Cómo inscribir tu hogar en el Registro Social de Hogares.
3. INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO (IMG)
Subsidio estatal permanente que asegura un salario mínimo a los trabajadores/as del país
4. INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA (IFE)
Ayuda económica estatal para trabajadores/as afectados por la emergencia sanitaria.
5. RETIRO DEL 10% DE LOS FONDOS DE AFP
Beneficio que permite el retiro excepcional del 10% de fondos de AFP.
6. SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN Y RETENCIÓN DEL 10% DE LA AFP POR CAUSA DE PAGO DE PENSIÓN ALIMENTICIA
Beneficio para retención del retiro de 10% de fondos de AFP por deudas de pensión alimenticia.
7. RETIRO DE FONDOS DE CUENTA DE AHORRO DE INDEMNIZACIÓN DE AFP POR PARTE DE TRABAJADORAS DE CASA PARTICULAR
Beneficio que permite el retiro de un porcentaje de fondos de AFP durante la emergencia.
8. SERVICIO BÁSICO DE ELECTRICIDAD
Beneficio de postergación en el pago de cuentas de electricidad.
9. SERVICIO BÁSICO DE AGUA
Beneficio de postergación en el pago de cuentas de agua.
10. PLAN SOLIDARIO DE CONECTIVIDAD
Plan gratuito, entregado por el estado y empresas de telecomunicaciones durante la emergencia.
1. QUÉ ES EL REGISTRO SOCIAL DE HOGARES (RSH)
Para acceder a muchos de los beneficios estatales que se ofrecen es requisito que tu hogar esté inscrito en el REGISTRO SOCIAL DE HOGARES.
La información presente en el RSH permite ubicar los hogares en una calificación socioeconómica de 7 tramos; donde el tramo 1 es el de mayor vulnerabilidad y el 10 el de menor vulnerabilidad:
¿QUÉ ES EL REGISTRO SOCIAL DE HOGARES?
El Registro Social de Hogares (RSH) es un sistema de información cuyo fin es apoyar los procesos de selección de beneficiarios de subsidios y programas sociales.
El Registro es construido con datos aportados por el hogar y bases administrativas que posee el Estado, proveniente de diversas instituciones.
EL REGISTRO SOCIAL DE HOGARES DETERMINA LA CALIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA FAMILIAR
Dentro de la información disponible en el Registro Social de Hogares,
se incluye la Calificación Socioeconómica, que ubica a cada hogar en un tramo de ingresos.
¿Qué Factores determinan la Calificación Socioeconómica de un hogar?
• Suma de ingresos laborales, de pensión y de capital de todos los integrantes del hogar.
• Número de integrantes del hogar.
• Características de los integrantes del hogar: Edad, discapacidad o dependencia.
• Evaluación de bienes y servicios a los que accede y/o posee un hogar.
2. SOLICITUD DE INGRESO AL REGISTRO
SOCIAL DE HOGARES (RSH)
Antes de realizar la solicitud, revisa este tutorial:
http://www.registrosocial.gob.cl/docs/01_Ingreso-al-registro.pdf
Para realizar el trámite, debes tener a mano la siguiente información:
1.- Nombre y número de RUT de todas las personas que conforman tu hogar (adultos y menores de edad).
2.- Ingresos de cada una de las personas que conforman tu hogar, incluyendo honorarios laborales, jubilaciones, pensiones, etc.
3.- Fotografía de cédula de identidad, por ambos lados, de las personas adultas del hogar.
4.- Dirección de residencia.
Para acreditar residencia, necesitarás una fotografía o imagen escaneada de UNO de los siguientes documentos, donde se indique el nombre de alguno de los adultos del hogar.
• Escritura o certificado de dominio vigente de la propiedad.
• Certificado de avalúo fiscal.
• Boleta de servicios básicos (luz, agua, gas, teléfono), con una antigüedad máxima de 3 meses.
• Contrato de arriendo.
• Certificado de residencia emitido por la junta de vecinos.
• Declaración emitida por la directiva de una comunidad indígena acreditada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
• Estado de cuenta emitido por casas comerciales, instituciones bancarias, institución de salud previsional.
• Estado de cuenta emitido por la empresa proveedora de servicios de telefonía (fija o móvil) o de televisión.
• Cartola emitida por la administración de fondo de pensión.
Ten en cuenta también que:
1.- No importa si no adjuntas todos los documentos al momento de postular, tendrás 30 días de corrido para ingresarlos a la plataforma. Si no cumples con este plazo, el sistema eliminará tu solicitud.
2.- En caso que tu grupo familiar esté formado por dos o más personas y accedas a la plataforma utilizando cédula de identidad, tendrás que descargar e imprimir el Formulario de la solicitud desde la plataforma online. Este documento debe ser firmado por el o la solicitante y por todas las personas mayores de edad que componen el hogar. Una vez firmado, debes fotografiar o escanear el Formulario y subirlo a la plataforma, junto a las imágenes de las cédulas de identidad de quienes lo firmaron. Al acceder con tu Clave Única, el proceso de validación de firmas es digital y no requiere descarga y escaneo de documentos.
3.- Las visitas domiciliarias para corroborar la información declarada acerca del hogar están postergadas debido a la pandemia, aunque algunas municipalidades realizan confirmaciones telefónicas. Por esto, las solicitudes serán aprobadas de forma excepcional hasta que finalice la emergencia sanitaria por el Coronavirus (Covid-19).
4.- Puedes revisar el estado del trámite en el mismo sistema de registro.
5.- Si necesitas orientación, puedes llamar gratis al número:
800 104 777
Horario de atención
lunes a viernes de
9:00 a 19:00 horas.
Cómo hacer el trámite de Solicitud del RSH en línea:
3. INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO (IMG)
BENEFICIO PERMANENTE OTORGADO POR EL ESTADO
¿QUÉ ES?
Es un subsidio económico permanente otorgado por el Estado, que tiene como objetivo garantizar un salario mínimo a los trabajadores/as que reciben menos de $380.000.- pesos mensuales.
El subsidio será de $59.200 máximo (varía según el ingreso).
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR?
Trabajadores/as dependientes que cumplan con:
• Tener jornada laboral ordinaria de entre 30 y 45 horas semanales.
• Tener contrato acogido al Código del trabajo.
• Percibir un sueldo bruto menor a $384.363.
• Que tu hogar esté presente en el RSH y que corresponda al 90% más vulnerable.
Cómo se paga el subsidio:
El subsidio se paga en la cuenta bancaria que la persona indique o en forma presencial en sucursales BancoEstado y ServiEstado.
Al postular debes tener a mano:
1. Tu Cédula de Identidad.
2. Tu número de teléfono.
3. Tu correo electrónico.
4. El número de horas que trabajas.
5. El número de tu cuenta bancaria.
Cómo postular:
4. INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA (IFE)
BENEFICIO DE EMERGENCIA POR COVID-19
¿QUÉ ES?
Es una ayuda económica que entrega el Estado a los hogares que reciben ingresos informales o formales insuficientes y que han visto disminuidos estos ingresos a causa de la emergencia producida por el brote Covid-19.
El monto del beneficio dependerá de la cantidad de personas que integran el hogar, según su composición en el RSH, y de la situación socioeconómica de la familia en el Estado de Emergencia.
Es un beneficio estatal que entrega cuatro aportes.
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR?
• Las reformas promulgadas en agosto, permite que postulen todos los hogares que cuenten con RSH, sin importar la calificación socioeconómica.
• Acreditar ingresos mediante declaración simple, disponible en línea.
• Se incorpora a todos los hogares con uno o más integrantes que reciba cualquiera de los siguientes beneficios:
– Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
– Pensión Básica Solidaria de Vejez.
– Aporte Previsional Solidario de Invalidez.
– Aporte Previsional Solidario de Vejez.
Podrás acceder al beneficio si perteneces a alguno de estos cuatro grupos Revisa aquí .
Postulación
Para quienes recibieron el aporte 1 y 2 los siguientes pagos son automáticos. Para quienes no recibieron el pago 2 podrán apelar realizando la postulación bajo la nueva modalidad que solicita una declaración de ingresos en línea. En este caso se evaluará caso a caso si aplica el pago retroactivo.
Para quienes no postularon al pago 2 o fueron rechazados, pueden postular al pago 3 y 4 bajo la nueva modalidad de declaración jurada.
Cómo se paga el subsidio:
Se entrega en cuatro aportes y el pago será depositado en la cuenta bancaria del jefe o jefa de hogar que haya sido registrada en la página al momento de la solicitud, o en la cuentaRut de algunos de los beneficiarios automáticos, o bien, entregado en alguna de las sucursales de Caja Compensación Los Héroes, BancoEstado o ServiEstado asignado para pago presencial.
FECHAS:
El primer aporte de este beneficio fue pagado en mayo y el segundo el 10 de julio.
Para apelar al segundo pago y postular al tercer y cuarto aporte del Ingreso Familiar de Emergencia, bajo la nueva modalidad que elimina la calificación socioeconómica, tienes hasta el 8 de Agosto. Pasada esta fecha, el último plazo para postular al cuarto pago del IFE cierra el 7 de Septiembre 2020.
Si la postulación es rechazada, tienes 10 días hábiles desde la notificación para apelar. En caso de que no recibas la notificación, ingresa a ingresodeemergencia.cl/ para revisar los resultados.
Al postular debes tener a mano:
1. Tu cédula de identidad.
2. Puedes postular con tu Clave Única.
Cómo postular:
5. RETIRO DEL 10% DE LOS FONDOS DE AFP
QUÉ ES
El retiro del 10% de los fondos de AFP es una ley que permite el retiro, por única vez, de hasta el 10% de los fondos de las respectivas cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.
Rige desde el 30 de julio de 2020.
QUIENES PUEDEN RETIRAR
Los afiliados/as con saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.
Los afiliados/as con saldo en una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario.
En caso de tener los dos tipos de cuenta, el retiro se deberá calcular considerando como saldo la suma de ambas.
Los pensionados/as por renta temporal o retiro programado por vejez o invalidez, y los beneficiarios/as de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.
Trabajadores/as, tanto del sector público como del privado, chilenos y extranjeros.
SI TIENES
$1 millón
Podrás sacar el 100%
SI TIENES ENTRE
$1O millones y $43 millones
Podrás sacar el 10%
SI TIENES ENTRE
$1 millón y $10 millones
Podrás retirar $ 1 millón
SI TIENES
$43 millones o más
Podrás retirar $ 4,3 millones
Cómo realizar el retiro:
1.Presentación de solicitud de retiro
Antes de realizar el retiro, debes solicitar el retiro. El plazo para hacerlo es a partir del 30 de julio y hasta 365 días después de promulgada la reforma constitucional en el Diario Oficial (27 de julio 2020).
2. Realizar el retiro
10 días hábiles después de la presentación de la solicitud ante la AFP, se podrá efectuar el retiro del 50% del monto total requerido; y el 50% restante, en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro. Cada pago tendrá un límite de 75 UF.
Si tu saldo es menor a un millón de pesos, se paga en una sola cuota.
Puedes optar a las siguientes modalidades de pago: *
– Transferencia a cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) de la propia AFP, sin costos de apertura y mantención.
– Cuenta Bancaria: cuenta corriente, cuenta Vista, cuenta RUT.
– Cuenta Caja de Compensación.
– Cuenta Cooperativa de Ahorro y Crédito.
– Sencillito.
– Servipag.
– Cuenta RUT del Banco Estado (la entidad informó que aumentó su cupo con la finalidad de poder recibir las transferencias del 10%).
*La transferencia de los fondos es sin costo.
A partir del 3 de agosto, las sucursales de AFP atenderán de forma presencial a los afiliados/as que requieran solicitar su retiro. Esta situación estará sujeta a las medidas de cuarentena dispuestas por la autoridad sanitaria y de acuerdo a un orden establecido por cada administradora.
Documentación requerida para solicitar el retiro:
1. Carnet de identidad.
2. Nombre de la AFP a la que estás afiliado.
En caso de que no conozcas el nombre de tu AFP, debes consultarlo en el siguiente link, inscribiendo tu RUT sin puntos ni guión:
Consulta de afiliación
3. Ingresar al sitio web de tu AFP y realiza la solicitud
Antes de solicitar el retiro, se recomienda revisar en tu correo electrónico si la AFP te ha enviado información correspondiente al monto disponible para el retiro del 10%. Si no has recibido esta información, se podrá hacer la consulta ingresando al sitio web de la AFP, en los link ya indicados.
Realiza la solicitud de retiro paso a paso:
Ingresa al sitio web de tu AFP, indicando tu número de RUT y/o número de serie de tu cédula de identidad. Los extranjeros/as sin RUT podrán ingresar con su N° de identificación de cotización y su clave de AFP.
Completa el formulario dispuesto por la AFP:
– Indica tu nombre, RUT, N° de serie, teléfono, correo y domicilio.
– En caso de que se solicite confirmación de correo electrónico, ingresa la nueva información de contacto o verifica la existente.
– Indica el monto a retirar marcando una de las dos opciones:
• Retirar el monto máximo permitido (100%).
• Retirar un monto inferior. Si seleccionas esta opción, se debe ingresar el porcentaje, en un rango de 1% a 99%.
– Indica modalidad de pago.
Informa si tienes deuda por pensión de alimentos.
Al finalizar la solicitud, recibirás un comprobante vía correo electrónico donde se indicará la fecha y los detalles de la solicitud.
La AFP tendrá 3 días hábiles para responder a tu solicitud.
El primer pago lo recibirás 10 días hábiles desde realizada la solicitud.
El segundo pago se realizará 30 días hábiles después de realizado el primer pago.
Si el saldo de tu cuenta es menor a 35 UF, podrá ser retirado en una única cuota.
¡IMPORTANTE! PARA EVITAR FRAUDES, NO DEBES INGRESAR AL SITIO WEB DE LA AFP POR MEDIO DE LINKS RECIBIDOS EN EL CORREO ELECTRÓNICO.
6. RETENCIÓN JUDICIAL DEL RETIRO
DEL 10% DE LOS FONDOS EN LAS AFP
POR DEUDA DE PENSIÓN ALIMENTICIA
QUÉ ES
Es un trámite que se podrán realizar para la retención de estos montos, en casos de que exista una deuda suscrita por pensión alimenticia.
El Poder Judicial determinará si procede o no la causa por retención.
Este trámite solo tiene efectos si el demandado solicita el retiro de parte de sus fondos previsionales.
QUÍENES PUEDEN SOLICITARLO
Personas a quienes se les adeude pensiones alimenticias.
Al solicitar la retención debes tener a mano:
1. Tu clave única
2. Tus datos
3. Datos del deudor (contacto actualizado del deudor: nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico).
Realiza la solicitud de retención del retiro:
7. RETIRO DE FONDOS DE CUENTA DE AHORRO DE INDEMNIZACIÓN DE AFP POR PARTE DE TRABAJADORAS DE CASA PARTICULAR
¿QUÉ ES?
Beneficio que entrega el estado y las AFP, que le permite a las trabajadoras de casa particular (chilenas y extranjeras) retirar fondos desde su cuenta de ahorro de indemnización de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que están afiliadas.
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR?
• Trabajadoras de casa particular (chilenas y extranjeras)
Cómo se paga el subsidio:
El pago de los fondos se realizará dentro de los cinco días hábiles del mes siguiente al que se suspendió el contrato de trabajo, preferentemente en la cuenta bancaria de la trabajadora de casa particular. En caso de no ser posible, el pago se hará en un vale vista o cheque a nombre de la trabajadora.
Al postular se debe tener a mano:
1. Tu cédula de identidad o documento de identidad.
2. Dirección particular del empleador o de la empleadora.
3. Declaración jurada simple que contenga la siguiente información:
a. Antecedentes personales, dirección particular completa y serie de la cédula de identidad de la trabajadora de casa particular. Si es extranjera, deberá presentar la cédula de identidad para extranjeros, y si no la tiene, una foto tamaño carnet y una copia del documento identificatorio oficial de su país de origen o pasaporte. Toda esta información será validada ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
b. Nombre o razón social, número de RUT y dirección particular completa del empleador o de la empleadora.
Además, la declaración jurada debe informar que:
c. La trabajadora de casa particular no ha firmado con el empleador o la empleadora un pacto que le permita asegurar la continuidad de su trabajo, o un pacto de reducción de su jornada de trabajo que le implique recibir el total o una parte de su remuneración mensual.
d.No recibe subsidios por incapacidad laboral.
8. SERVICIO BÁSICO DE ELECTRICIDAD
BENEFICIO DE EMERGENCIA POR COVID 19
QUÉ ES
Beneficio que entrega el Estado y compañías de electricidad, para asegurar la continuidad del servicio eléctrico, aunque las cuentas permanezcan impagas, por todo el tiempo que dure el Estado de Catástrofe.
Las cuentas que no se paguen durante el periodo de emergencia, podrán ser abonadas posteriormente, en 12 cuotas, sin interés.
Los clientes que tengan deudas previas menores a 10 UF, podrán dividir el monto pendiente en las cuentas siguientes.
QUÍENES PUEDEN POSTULAR
Familias que estén inscritas en el RSH y que pertenecen al 40% de mayor vulnerabilidad.
Al postular debes tener a mano:
1. Tu número de cuenta o suministro.
2. Tu cédula de identidad.
3. Tu correo electrónico.
4. Tu número de teléfono.
5. La dirección de tu hogar.
6. Cartola de RSH en digital.
Cómo postular:
9. SERVICIO BÁSICO DE AGUA
BENEFICIO DE EMERGENCIA POR COVID-19
QUÉ ES
Beneficio entregado por el Estado y las compañías de agua, que permite la postergación del pago de la cuenta durante Estado de Catástrofe.
Al término de este período, los saldos impagos se cargarán automáticamente en la cuenta del usuario en 12 cuotas sin interés.
QUÍENES PUEDEN POSTULAR
Hogares que no usen más de 10 metros cúbicos mensuales y que pertenezcan al 40% de mayor vulnerabilidad en el RSH.
Adultos mayores de 60 años, y que no puedan pagar debido al Estado de Catástrofe.
Personas que hayan perdido su empleo debido a la contingencia.
Al postular debes tener a mano:
1. Tu número de cuenta o suministro.
2. Tu cédula de identidad.
3. Tu correo electrónico.
4. Tu número de teléfono.
5. La dirección de tu hogar.
6. Cartola de RSH en digital.
Cómo postular:
Cómo postular: