Cumplimiento del 1%
El plazo para cumplir la Ley de Inclusión Laboral es hasta el 31 de enero de 2021. La ley se puede cumplir directamente (contratando a personas con discapacidad) o a través de medidas alternativas.
Comunicación electrónica a la Dirección del Trabajo
Durante el mes de enero del 2022, la empresa debe enviar una comunicación electrónica anual a la Dirección del Trabajo para acreditar el cumplimiento de la Ley de Inclusión Laboral.
En esta instancia, las empresas deben:
- Informar el total de trabajadores contratados cada mes
- Comprobar que todos los contratos mantenidos con personas con discapacidad están registrados en la Dirección del Trabajo
- Si se ejecutaron medidas alternativas de cumplimiento, también deberá informar cuáles y las razones por las que no contrató directamente.
Registro de contratos con personas con discapacidad
La empresa siempre debe registrar los contratos realizados con personas con discapacidad en un plazo de 15 días hábiles. Asimismo se deben registrar las modificaciones y términos de estos mismos contratos en el mismo plazo.
